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Están seguros nuestros cacharros??

Iniciado por picodeloro, Septiembre 23, 2013, 11:56:31

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picodeloro

Hola:

Estos días ando a vueltas con la renovación del seguro de mi casa y leyendo las condiciones veo que solo responden por los contenidos en los que puedo presentar la factura de compra, cuando les pregunto como asegurar el Beta, el Buffalo o cualquier otro cacharro DIY que me hice, me dicen que no los cubren al no tener la factura de compra del producto :juer:

He mirado en varias compañías y más de lo mismo, de hecho les planteo que me hagan un seguro específico en el que yo pongo el valor de cada aparato y que ellos me den un precio (similar a lo que se hace con objetos artísticos) y tampoco están por la labor  :juer:, me consta que hay aseguradoras de coches clásicos en las que el propietario le pone valor al coche y se hace un seguro ajustado a ese valor, pero por lo que se ve esto es más complicado en el caso de nuestros equipos DIY.

Me imagino que también puede pasar algo parecido con auriculares comprados de segunda mano??

¿Alguien conoce alguna aseguradora que se preste a este tipo de seguros?

-- o --
Rodrigo
"All the audiophools need are pilot lights that can be rolled for peace of mind."

Spritzer

xucxuquito

Rodrigo, para los objetos de los que no se puede aportar una factura, en mi opinión, bastaría con la demostración fehaciente de la preexistencia del objeto.
Cual sería la demostración? Una fotografía del objeto.
Muchas compañias, en sus condiciones generales incluyen un apartado sobre la preexistencia de los objetos, del tipo: "Incumbe al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos. No obstante, el contenido de la póliza constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas mas eficaces".
Que pasaría si ese objeto (aunque no sea DIY) ha sido un regalo y no tienes factura?. No quedaría cubierto?. Yo he pagado muchos objetos robados sin que el asegurado pueda aportar factura. Sólo hay que aplicar el sentido común.
Lo importante es que en la póliza no haya infraseguro en el Contenido.
El problema podría plantarse por como se determina el valor del objeto y mas teniendo en cuenta que es DIY, pero aquí entraría en juego la mayor o menor capacidad del perito para aplicar valores por analogía con otros objetos de la misma categoría.
Saludos.
Jordi

tomasetti1

Cita de: picodeloro en Septiembre 23, 2013, 11:56:31
Hola:

Estos días ando a vueltas con la renovación del seguro de mi casa y leyendo las condiciones veo que solo responden por los contenidos en los que puedo presentar la factura de compra, cuando les pregunto como asegurar el Beta, el Buffalo o cualquier otro cacharro DIY que me hice, me dicen que no los cubren al no tener la factura de compra del producto :juer:

He mirado en varias compañías y más de lo mismo, de hecho les planteo que me hagan un seguro específico en el que yo pongo el valor de cada aparato y que ellos me den un precio (similar a lo que se hace con objetos artísticos) y tampoco están por la labor  :juer:, me consta que hay aseguradoras de coches clásicos en las que el propietario le pone valor al coche y se hace un seguro ajustado a ese valor, pero por lo que se ve esto es más complicado en el caso de nuestros equipos DIY.

Me imagino que también puede pasar algo parecido con auriculares comprados de segunda mano??

¿Alguien conoce alguna aseguradora que se preste a este tipo de seguros?

Hola

La compañía que te diga que solo responde de los objetos de los que puedas presentar la factura, no solo se está pasando por el arco del triunfo su propio contrato si no la ley de contrato de seguro. La ley dice que si no existe otro medio, el propio capital contratado es suficiente para justificar la preexistencia.

Pero la solución es muy sencilla, a la hora de contratar una póliza adjunta una relación de objetos (con fotos mejor) y el valor de los mismos, la aseguradora te cobrara prima por ellos y asunto arreglado. Puedes p.e. porner un 10 % más en previsión de futuras realizaciones y ya está.

Como apunte te diré que el 95% de la joyas robadas no tienen factura, y las cias las pagán. El problema suele ser con las presonas de atención previa en contratación y siniestros de las aseguradoras que normalmente no tienen NPI de nada.

Saludos



-- o --
Rodrigo

topelin

Cita de: tomasetti1 en Septiembre 23, 2013, 13:43:27
Cita de: picodeloro en Septiembre 23, 2013, 11:56:31
Hola:

Estos días ando a vueltas con la renovación del seguro de mi casa y leyendo las condiciones veo que solo responden por los contenidos en los que puedo presentar la factura de compra, cuando les pregunto como asegurar el Beta, el Buffalo o cualquier otro cacharro DIY que me hice, me dicen que no los cubren al no tener la factura de compra del producto :juer:

He mirado en varias compañías y más de lo mismo, de hecho les planteo que me hagan un seguro específico en el que yo pongo el valor de cada aparato y que ellos me den un precio (similar a lo que se hace con objetos artísticos) y tampoco están por la labor  :juer:, me consta que hay aseguradoras de coches clásicos en las que el propietario le pone valor al coche y se hace un seguro ajustado a ese valor, pero por lo que se ve esto es más complicado en el caso de nuestros equipos DIY.

Me imagino que también puede pasar algo parecido con auriculares comprados de segunda mano??

¿Alguien conoce alguna aseguradora que se preste a este tipo de seguros?

Hola

La compañía que te diga que solo responde de los objetos de los que puedas presentar la factura, no solo se está pasando por el arco del triunfo su propio contrato si no la ley de contrato de seguro. La ley dice que si no existe otro medio, el propio capital contratado es suficiente para justificar la preexistencia.

Pero la solución es muy sencilla, a la hora de contratar una póliza adjunta una relación de objetos (con fotos mejor) y el valor de los mismos, la aseguradora te cobrara prima por ellos y asunto arreglado. Puedes p.e. porner un 10 % más en previsión de futuras realizaciones y ya está.

Como apunte te diré que el 95% de la joyas robadas no tienen factura, y las cias las pagán. El problema suele ser con las presonas de atención previa en contratación y siniestros de las aseguradoras que normalmente no tienen NPI de nada.

Saludos



-- o --
Rodrigo
Cita de: xucxuquito en Septiembre 23, 2013, 12:51:02
Rodrigo, para los objetos de los que no se puede aportar una factura, en mi opinión, bastaría con la demostración fehaciente de la preexistencia del objeto.
Cual sería la demostración? Una fotografía del objeto.
Muchas compañias, en sus condiciones generales incluyen un apartado sobre la preexistencia de los objetos, del tipo: "Incumbe al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos. No obstante, el contenido de la póliza constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas mas eficaces".
Que pasaría si ese objeto (aunque no sea DIY) ha sido un regalo y no tienes factura?. No quedaría cubierto?. Yo he pagado muchos objetos robados sin que el asegurado pueda aportar factura. Sólo hay que aplicar el sentido común.
Lo importante es que en la póliza no haya infraseguro en el Contenido.
El problema podría plantarse por como se determina el valor del objeto y mas teniendo en cuenta que es DIY, pero aquí entraría en juego la mayor o menor capacidad del perito para aplicar valores por analogía con otros objetos de la misma categoría.
Saludos.
Jordi

De acuerdo con los dos

Lo importante es que en la póliza no haya infraseguro en el Contenido.
El problema suele ser con las presonas de atención previa en contratación y siniestros de las aseguradoras que normalmente no tienen NPI de nada.
Cual sería la demostración? Una fotografía del objeto.

Habla con profesionales colegiados,  tanto compañías como Allianz  y/o Liberty, Axa etc... lo asumen sin problemas , te he detallado lo que dicen ambos compañeros, que están muy acertados

saludos
Topelin



picodeloro

Muchas gracias por la información.

-- o --
Rodrigo
"All the audiophools need are pilot lights that can be rolled for peace of mind."

Spritzer

tomasetti1

Solo una matización, aunque haya infraseguro en contenido, no pasaría nada solo que la indenización sería en igual proporción que el capital contratado, osea si tienes p.e. un 15% de infraseguro (muchas cias permiten un margen) la indemnización se minoraría en ese 15 %.

Como ya te han dicho, no solo las nombradas, todas pagarían esos aparatos en caso de siniestro cubierto por la póliza.

abroba

Hola Rodrigo.

Contacté con la correduria de seguros que lleva todo lo mio. Aparte de los seguros generales están especializados en tema de coches clásicos e incluso tienen un seguro específico para magos  :o
Pensé que a lo mejor podrían dar algún consejo.

Copio la respuesta en público por si el tema de asegurar el equipo hi-fi puede interesar a alguien más.

Hola Abel,
Tu compañero tiene razón con lo que dice, las pólizas "standard" no garantizan los bienes valiosos a menos que tengas facturas o puedas justificar el valor, y si es un equipo musical hecho por uno mismo, el tema se puede complicar bastante.
De todos modos tengo un compañero de profesión que su especialidad son los equipos musicales de cierto valor, seguramente él podrá darle un buen asesoramiento. Si me das sus datos le diré que se ponga en contacto con él, es de toda confianza.
Ya me dirás algo.


Pues nada, Rodrigo, si te interesa me mandas un privado y lo ligamos.

Salu2!  ;)

Abel
"La libertad y la simple belleza son demasiado buenas para dejarlas pasar" (Christopher McCandless)

tomasetti1

Hola

Dile a tu corredor que solo las póliza muy antiguas consideraban los equipos de audio/video/fotográficos como objetos de especial valor y había que declararlos como tales y su valor al contratar las póliza. Hace + ó - 20 años ya se consideran como contenido y no hay que declararlos especificamente ni indicar su valor, y los garantizan todas las pólizas "standard" (concepto éste último que con casi 25 años en la pericia aseguradora no había oido nunca)

El problema surge con los aparatos DIY, imaginad y robo de éstos, ¿como se valoraría?si no hay precio comercial y no existe escandallo de costes fabricación, la única forma es que el perito llege a una tasación obteniendo información del que los ha hecho.

Por eso lo mejor es relacionarlos y valorarlos en el acto de la contratación y tema finiquitado ante cualquier reclamación o siniestro.

abroba

Cita de: tomasetti1 en Septiembre 24, 2013, 14:01:08
Hola

Dile a tu corredor que solo las póliza muy antiguas consideraban los equipos de audio/video/fotográficos como objetos de especial valor y había que declararlos como tales y su valor al contratar las póliza. Hace + ó - 20 años ya se consideran como contenido y no hay que declararlos especificamente ni indicar su valor, y los garantizan todas las pólizas "standard" (concepto éste último que con casi 25 años en la pericia aseguradora no había oido nunca)


Ok, le pasaré el recado al corredor.

Entiendo que formas parte del sector del seguro ¿no? Es para indicarle que el comentario viene de parte de un profesional del sector.

Gracias y saludos.

Abel

"La libertad y la simple belleza son demasiado buenas para dejarlas pasar" (Christopher McCandless)